Es uno de los temas más polémicos que ha tratado Cuauhtémoc Morgan en sus libros y no solamente se basa en suposiciones, sino que está citando archivos diplomáticos que por primera vez se hacen públicos, aprovechando las nuevas desclasificaciones de documentos del departamento de estado. Son verdades asombrosas, como las del Golfo de California, que es motivo de diferencias muy grandes entre ambas naciones.
La protesta diplomática que Estados Unidos presentó en 1969 contra el decreto mexicano que trazó líneas de base rectas en amplias porciones del Golfo de California no fue un simple diferendo técnico entre abogados del mar. Fue, en el fondo, una advertencia geopolítica. Detrás del lenguaje jurídico, de las convenciones internacionales y de las fórmulas diplomáticas, lo que realmente estaba en juego era algo mucho más profundo: el control de un espacio marítimo estratégico y la resistencia de una potencia naval a permitir que un país ribereño ampliara su soberanía sobre aguas de enorme valor militar, comercial y geográfico.
México buscó fortalecer su dominio sobre el Golfo de California mediante una interpretación amplia del derecho internacional. No era una ocurrencia menor. El Golfo no es cualquier espacio acuático: es un corredor biológico, económico y de seguridad nacional de primer orden. Quien controle jurídicamente sus aguas interiores gana capacidad de decisión sobre navegación, vigilancia, aprovechamiento de recursos y presencia extranjera. Desde esa perspectiva, el decreto mexicano de 1968 emitido por el patriota presidente Gustavo Díaz Ordaz, representaba una afirmación de soberanía que, aunque discutible para algunos juristas, respondía a una lógica comprensible de defensa del interés nacional.
Pero del otro lado estaba Estados Unidos, una nación que históricamente ha defendido con firmeza la libertad de navegación no solo por convicción jurídica, sino por necesidad estratégica. Washington vio en la medida mexicana una reclamación excesiva. No porque le preocupara únicamente la pureza doctrinal de la Convención de Ginebra de 1958, sino porque cualquier precedente que cerrara espacios marítimos de importancia regional podía convertirse en una amenaza futura para sus rutas navales, sus sobrevuelos y su margen de maniobra geopolítica. En otras palabras, la protesta de 1969 revela que las grandes potencias rara vez discuten solo de leyes: discuten de poder.
Lo interesante es que este episodio demuestra una tensión permanente entre dos visiones del mar. Por un lado, la visión de los Estados ribereños que desean consolidar jurisdicción sobre sus entornos inmediatos, sobre todo cuando esos entornos están ligados a su seguridad y a su identidad territorial. Por otro, la visión de las potencias marítimas que insisten en mantener abiertos los espacios acuáticos, incluso frente a costas ajenas, bajo la bandera de la libre navegación. Ambas posiciones pueden revestirse de argumentos legales respetables, pero ninguna está desprovista de interés político.
En el caso mexicano, el Golfo de California no puede entenderse únicamente como una cuestión cartográfica. Es una parte esencial de la anatomía nacional. Su historia, su pesca, su biodiversidad, su cercanía con la península y con el noroeste continental lo convierten en una pieza sensible del rompecabezas territorial mexicano. Por ello, toda discusión sobre sus aguas tiene inevitablemente una dimensión patriótica. El problema es que el derecho internacional del mar no siempre permite a los Estados traducir plenamente sus aspiraciones soberanas en títulos jurídicos incuestionables. Ahí aparece el choque entre la voluntad política de resguardar un espacio y los límites normativos impuestos por la comunidad internacional.
La nota estadounidense de 1969, aun sin haberse divulgado íntegramente, encaja en una tradición muy clara: impedir mediante protesta formal que una reclamación que considera abusiva se consolide por silencio o aceptación. Es una práctica fría, calculada y jurídicamente eficaz. Estados Unidos no necesitó escalar el conflicto ni llevarlo a un tribunal internacional; le bastó dejar asentado que no reconocía la pretensión mexicana. Esa sola reserva ha servido durante décadas para mantener viva su posición y para evitar que la reclamación de aguas interiores en el Golfo se convierta en una verdad jurídica aceptada universalmente.
Sin embargo, también conviene decirlo con claridad: cuando Estados Unidos habla de “reclamaciones marítimas excesivas”, suele presentarse como guardián de principios universales, pero en muchos casos actúa como defensor de su propia supremacía naval. La retórica de la libertad de navegación, aunque jurídicamente relevante, también ha sido una herramienta para preservar su capacidad de operar en cualquier mar del planeta. Por eso, la discusión sobre el Golfo de California no debe verse ingenuamente como una disputa entre la legalidad pura y el exceso soberanista. Se trata más bien de una confrontación entre una aspiración mexicana de control reforzado y una estrategia estadounidense de apertura permanente de los mares.
A más de medio siglo de aquella protesta, el episodio sigue siendo aleccionador. Enseña que la soberanía marítima no se defiende solo con decretos internos; se sostiene con argumentos sólidos, consistencia diplomática y, sobre todo, con visión de Estado. También enseña que los espacios estratégicos del país deben pensarse a largo plazo, porque toda vacilación jurídica se convierte en oportunidad para que otros fijen las reglas del juego.
El Golfo de California para nosotros es mexicano en su geografía, en su historia y en su centralidad para la nación. Pero en el terreno del derecho internacional, la disputa demuestra que la soberanía nunca descansa únicamente en la convicción propia. Requiere reconocimiento, firmeza y capacidad para enfrentar la mirada crítica de las potencias. Y ahí, precisamente, es donde comienza la verdadera batalla por el mar.
